REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 16 de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-T-2008-000052
PARTE ACTORA: ALFREDO ANTONIO MARRUFO DAVILA, titular de la cédula de identidad Nro. 16.601.803.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RAFAEL PARADAS, Inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 104.242, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: WILLIAM DIB MOARRI, NAJID ALFREDO DIB WIETS TRUK, venezolanos, mayores de edad titulares de las Cédulas de Identidad N° 5.275.343 y 18.212.729 y contra la empresa aseguradora SEGUROS CARACAS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE DAÑOS Y PERJUICIOS (derivados de Accidente de Tránsito).
Se inició el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS derivados de Accidente de Tránsito, intentado por el ciudadano ALFREDO ANTONIO MARRUFO DAVILA, titular de la cédula de identidad Nro. 16.601.803, contra los ciudadanos WILLIAM DIB MOARRI, NAJID ALFREDO DIB WIETS TRUK, venezolanos, mayores de edad titulares de las Cédulas de Identidad N° 5.275.343 y 18.212.729 y contra la empresa aseguradora SEGUROS CARACAS, el cual se admitió a sustanciación en fecha 07/07/2008, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara (f. 16). En fecha 10/07/2008 diligencio el ciudadano Alfredo Marrufo asistido por el Abg. Rafael Paradas, en la cual consigna copias simples del Libelo de la Demanda, a fin de que se libren las compulsas y sean notificados los demandados. (f. 18) En fecha 23/07/2008 se libraron las respectivas compulsas. En fecha 04/08/2008 diligencio el Alguacil informó al tribunal que la parte actora le hizo entrega de los emolumentos para gestionar las citaciones (f. 19) En fecha 14/08/2008 diligencio el alguacil consignó sin firmar compulsas de los ciudadanos William Dib Moarri y Dajid Alfredo Dib Wiets Truk (f. 20).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de impulso procesal fue en fecha 14/08/2008, donde diligencio el alguacil consignando sin firmar compulsas de los ciudadanos William Dib Moarri y Dajid Alfredo Dib Wiets Truk, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS derivados de Accidente de Tránsito, intentado por ALFREDO ANTONIO MARRUFO DAVILA, contra los ciudadanos WILLIAM DIB MOARRI, NAJID ALFREDO DIB WIETS TRUK, y contra la empresa aseguradora SEGUROS CARACAS, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los (16) días del mes de septiembre de dos mil nueve. AÑOS: 199° y 150°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
MJP/dmg
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