República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Sala de Juicio Nro. 02
Trujillo, 15 de abril de 2010. 199º y 151º.
DE LOS APODERADOS Y SUS PARTES
Parte solicitante: YANAIKA MILENY PALOMARES, titular de la cédula Nro. 11.614.133.
Asistida por el abogado: LUIS ALBERTO VALERA ROSALES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 111.858.
Motivo: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Expediente Nº 4077-2
Síntesis.
En el presente proceso se inicia mediante solicitud presentada por la ciudadana YANAIKA MILENY PALOMARES, titular de la cédula Nro. 11.614.133, quien actúa en representación de su hija (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), asistido por el abogado en ejercicio LUIS ALBERTO VALERA ROSALES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 111.858, mediante la cual solicita que su hijas la niña CINTHYA MONTSERRAT PAREDES PALOMARES, la adolescente (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA) y la ciudadana ROSSELY JHOANA PAREDES CARVAJAL, sean declaradas como únicas y universales herederas del ciudadano JHONY WILLIAMS PAREDES GONZALEZ, quien era: Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.134.756. El Tribunal del estudio de los recaudos acompañados a la petición, a saber: a) Acta de Defunción del ciudadano JHONY WILLIAMS PAREDES GONZALEZ, signada con el Nro. 174 (Folio 03). b) Acta de nacimiento de la niña (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), la adolescente (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA) y la ciudadana ROSSELY JHOANA PAREDES CARVAJAL, signadas con los Nros. 714, 1506 y 1921. d) Justificativo de testigos mediante el cual las ciudadanas: REINA ZORAIDA VALERA LOZADA y NAIDY YERLIN HIDROBO GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.359.942 y 16.085.148, respectivamente, al ser interrogadas: ¿…si sabe y le consta que al momento de la muerte del ciudadano JHONY WILLIAMS PAREDES GONZALEZ, dejo hijos, quienes son sus únicos y universales herederos…? Respondieron: “…si dejo tres hijos…” ¿…diga el nombre de los hijos del extinto JHONY WILLIAMS PAREDES GONZALEZ…? Respondieron: “…(SE OMITEN SUS NOMBRES DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA) y ROSSANY MARIANA PAREDES CARVAJAL…”
Dispositiva.
Este Tribunal considera que se han cumplido todos los requisitos legales para la declaratoria con lugar de la solicitud, consideraciones por las cuales y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 78 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declaran como Únicos y Universales Herederos del ciudadano JHONY WILLIAMS PAREDES GONZALEZ, quien era: Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.134.756, como consta en el acta de defunción, signada bajo el Nº 174, expedida por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, a las siguientes personas: a la niña (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA), a la adolescente (SE OMITE SU NOMBRE DE ACUERDO A LAS PREVISIONES DE LA LOPNNA) y la ciudadana ROSSELY JHOANA PAREDES CARVAJAL, en su carácter de hijas de la causante.
SEGUNDO: Entréguese todos los recaudos, así como cuatro (4) copias certificadas a la parte solicitante y déjese una copia en los archivos de este despacho.

Juez Provisoria El Secretario

Abg. Mayerling L.Cantor Arias Abg. Jorge León Alburjas

MLCA/JLA/rosa.