REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
TRUJILLO, 08 DE ABRIL DEL 2010
199° Y 151°

Solicitante: RAFAEL JOSÉ PEÑA SEGOVIA, titular de la cédula de identidad Nº
V-3.903.075
Abogado Asistente: PEDRO JOSÉ PEÑA SEGOVIA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 111.882
Motivo: Extensión de Obligación de Manutención
Exp: N° 04856

Vista la diligencia inserta al folio (47) del presente expediente, signado bajo el número 04856, suscrita por el ciudadano: RAFAEL JOSÉ PEÑA SEGOVIA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.903.075, progenitor de HELIANA GABRIELA PEÑA PERDOMO, de 18 años de edad, asistido por el abogado PEDRO JOSÉ PEÑA SEGOVIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Número 111.882, mediante la cual solicita la extensión de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que tiene para con su hija HELIANA GABRIELA PEÑA PERDOMO, por estar cursando estudios Universitario.

MOTIVA

Este Tribunal vista la manifestación realizada por el progenitor de HELIANA GABRIELA PEÑA PERDOMO ciudadano: RAFAEL JOSÉ PEÑA SEGOVIA, donde manifiesta estar de acuerdo en seguir suministrando la Obligación de Manutención en razón de que HELIANA GABRIELA PEÑA PERDOMO, se encuentra cursando estudios universitarios, este Tribunal, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:

ÚNICO: Se acuerda LA EXTENSION, de la obligación de manutención que el ciudadano: RAFAEL JOSÉ PEÑA SEGOVIA, titular de la cédula de identidad N° V-3.903.075, debe suministrar a su hija HELIANA GABRIELA PEÑA PERDOMO, hasta que la referida ciudadana alcance la edad de 25 años, tiempo suficiente para que la misma culmine la carrera Universitaria.-

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, sala de Juicio N° 02 de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. A los ocho (08) días del mes de Abril del dos mil diez (2010) Años 199° de la Independencia y 151° de la Federación.


La Juez Provisorio El Secretario


Abog. Mayerling Lisbeth Cantor Arias Abog. Jorge Enrique León Alburjas

MLCA/JELA/Kdvd
EXP: Nº 04856