REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiocho de abril de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: TP11-L-2009-000577.

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en la Audiencia Preliminar de fecha 09/04/2.010, únicamente por el ciudadano: JOSE DEL CARMEN PRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.678.403, domiciliado en el sector Agua Blanca, Calle Las Flores, casa s/n, jurisdicción del Municipio Motatan del Estado Trujillo, parte demandante en el presente asunto, representado Judicialmente por el Abg. JUAN ALFONSO VILORIA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 63.005 en su condición de Procurador de Trabajadores en Trujillo Estado Trujillo; estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Tribunal para su providenciación, procede con base a los particulares siguientes:

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE ACTORA

Al folio 24 y su vuelto cursa escrito de promoción de pruebas de la parte actora donde promueve lo siguiente:

1. Documentales:
Las pruebas documentales que a continuación se mencionan, SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

Promueve y ratifica original de Acta levantada por ante la Inspectoría del Trabajo con sede en la ciudad de Valera del Estado Trujillo, de fecha 16/09/2.009, la cual forma parte del expediente administrativo Nº 070-2008-03-00876, marcada con la Letra “A” cursante al folio 25 de autos.

Promueve y ratifica copia del contrato suscrito por el ciudadano: JOSÉ DEL CARMEN PRADA con la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MOTATÁN DEL ESTADO TRUJILLO, signado con el Nº 163-2008, marcada con la letra “B”, cursante al folio 26 de autos.

Igualmente, se observa que junto al escrito de promoción de pruebas la parte actora agregó copia del Cheque Nº 22012933 correspondiente a la cuenta cliente Nº 0116-01111-12-0004457668 del Banco Occidental de Descuento (B.O.D) por la cantidad de Bs. 1.327,59, cursante al folio 27 de autos; el cual se ADMITE de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y las facultades que prevé ley procesal laboral al juez laboral en la búsqueda de la verdad y de la justicia, ordenándose su evacuación en la audiencia de juicio para el respectivo control de la prueba.

2. Prueba de exhibición:
Solicita la prueba de exhibición del contrato de trabajo de fecha 08/08/2.008, suscrito por el ciudadano: JOSÉ DEL CARMEN PRADA con la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MOTATÁN DEL ESTADO TRUJILLO, signado con el Nº 163-2008. Este Tribunal la ADMITE dejando a salvo su apreciación en la definitiva; en tal sentido, se ordena a la parte demandada la exhibición de dicha documental en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia de juicio conforme lo establece el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZA DE JUICIO,


Abg. MARIA NANCI MENDOZA

LA SECRETARIA,


Abg. MARIA INES NOVOA