REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 12-04-2010
199° y 150°
ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistida)
ASUNTO Nº KP02-L-2009-1540
PARTE ACTORA: BELKIS ROSA DURAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 16.137.642
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil GRUPO TOTAL 99, C. A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 12 de abril del 2010, siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadana BELKIS ROSA DURAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 16.137.642 y que la parte demandada Sociedad Mercantil GRUPO TOTAL 99, C. A., no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil KELVIS CRESPO, encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
LA JUEZ
ABG. EUGENIA MARÍA ESPINOZA PIÑANGO
LA SECRETARIA
ABG. JOSELYN CARDENAS.
EL ALGUACIL
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