REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de abril de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO : KP02-S-2009-015829
“VISTOS”
El ciudadano JORGE LUIS BENITEZ SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.534.365 de este domicilio, asistido por la Abogada SILVIA ELENA RIVAS ARTEAGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.489, solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el N° 4674 de fecha 22 de Diciembre del año 1.990, folios 357 Vto., llevados por ante la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, por cuanto la solicitante afirma que adolece del siguiente error: "Que en su Acta de Nacimiento que se encuentra asentada en la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, se señala el Nombre de su Madre como “MARINA” siendo lo correcto “MARTINA”, para ello anexo Copia Certificada de Acta de Nacimiento del Solicitante marcado con la letra “A y B”, Original de Resumen Clinico marcado con la letra “C”, Original de Certificacion de Partida de Bautismo marcado con la letra “D”, Datos Filiatorios del Solicitante marcado con la letra “E”, Copia Simple de la Cédula de Identidad del Solicitante marcado con la letra “F”, Datos Filiatorios del Solicitante marcado con la letra “G”, Original de Acta de Nacimiento de la madre del solicitante marcado con la letra “H” y Copia Simple de de la Cedula de Identidad de la madre del Solicitante marcado con la letra “I”. Solicitó ante este Tribunal considere sea Rectificado el Nombre de su madre correcto siendo este: “MARTINA”. La solicitud se admitió en fecha 24-02-2010 y se libró Boleta de Notificación del Fiscal del Ministerio Público en la misma fecha. Se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual se verificó en fecha 24-02-2010. Cumplidos los requisitos de Ley, siendo esta la oportunidad para decidir este Tribunal observa: ---------------------------------------------------------------------------
UNICO:
Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, de conformidad con lo previsto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano vigente; considera este Sentenciador que está plenamente evidenciado el error señalado por el solicitante en el ACTA DE NACIMIENTO cuando se transcribió erroneamente el Nombre de su Madre como “MARINA” siendo lo correcto “MARTINA”. Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano JORGE LUIS BENITEZ SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.534.365 de este domicilio y ORDENA al Registrador Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara estampar la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento, inserta bajo el N° 4674, folios 357 Vto., de fecha 22 de Diciembre del año 1.990, llevados por ante la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara en los libros respectivos. Ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.----------
Regístrese y publíquese.-------------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los (12) doce dìas del mes de abril de 2010. Años: 199º y 151º.------------------------------------------------------------------------
La Juez temporal,

Abog. LUZ MARIA VILLARROEL La Secretaria,

Abog. NATALI CRESPO QUINTERO