REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
Siendo las 8:46 a.m, se constituyó este Juzgado en la calle 4 con carrera 4 Urbanización del Este, Residencias Los Cedros, Apartamento N° 131-C, Barquismeto Estado Lara. acompañados por la actora María Bermudez, Inpre 90.493, Juan Colmenarez ( Depositaria Judicial Yacambú C.A), Omar Parra, designados y juramentados depositario y perito respectivamente. y funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela. Impuesto del acto Ivan Gomez, C.I 9.618076, quien permitió el libre acceso al inmueble. La actora señaló bienes hasta por la cantidad de Bs 17.000, el Tribunal declaró el embargo preventivo de dichos bienes, los deposesionó jurídicamente del patrimonio del demandado. El Demandado asistido del abogado Héctor Crespo, Inpre 92.296, ofrecio convenio de pago el cual fue aceptado por la actora en los terminos descritos en acta. Ambas partes solicitan se imparta homologación a dicho convenio, por lo q se ordenó la devolución de la presente comisión al comitente. A solicitud de la actora los bienes son dejados bajo la custodia del demandado. A las 11:57, a.m, terminó el acto.