REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dos de agosto de dos mil diez
200º y 151º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2010-000384
PARTE ACTORA: JOSÉ ROSMER PAREDES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESÚS ALBERTO PEÑA
PARTE DEMANDADA: VIVERES NIÑO´S C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE AMADO ARAUJO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, 2 de Agosto de 2010, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos parte demandante JOSÉ ROSMER PAREDES, titular de la cedula de identidad N- 12.907.741, asistido por el Abg. JESUS PEÑA, inscrito en el IPSA bajo el N- 77.455, y la parte demandada, VIVERES NIÑO´S C.A. representado legalmente por el ciudadano JORGE ELIECER ANGARITA, titular de la cedula de identidad N- 4.060.192 asistido en este acto por el Abg. JOSE AMANDO ARAUJO inscrito en el IPSA bajo el N- 31.341 quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de depurada las cuentas y conceptos la parte demandada ofrece la cantidad de Bs. 10.000,00 pagadero en forma siguiente un primer pago para el día 13 de agosto de 2010 de Bs. 3.000,00, un segundo pago de Bs. 3.000,00 para el 16 de septiembre de 2010, un tercer pago de Bs. 2.000,00 pagadero para el día 15 de octubre de 2010 y un ultimo pago de Bs. 2.000,00 pagadero para el día 30 de octubre de 2010, que comprende los conceptos de antigüedad, vacaciones cumplidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, bono vacacional adicional, utilidades, alícuotas sobre prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones sociales, en este estado la parte demandante esta de acuerdo libre de constreñimiento acepta y solicitan se homologue el acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. No se condena en costas por el acuerdo llegado, se termino la audiencia preliminar conforme se lee y firma. Siendo las 11:00 a.m.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón

Abg. Astrid León

El Demandante Abg. Asistente



Representante Legal de la Demandada Abg. Asistente