REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 12-08-2010
200° y 151°
AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistida)
ASUNTO Nº KP02-L-2009-990
PARTE ACTORA: JOSE VARGAS SUAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N 14.978.649
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: MARLYN PEREZ BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.192
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil EMBUTIDOS ARICHUNA C.A
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: SARAH OTAMENDI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.218, ARTURO MELENDEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 53.487 y ISABEL OTAMENDI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.260
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO
Hoy 12 de agosto del 2010, siendo las 9:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el alguacil de este tribunal Jean Leonardo Tua; quien señala que la parte actora ciudadano JOSE VARGAS SUAREZ, identificados en autos, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno. Por la demandada Sociedad Mercantil EMBUTIDOS ARICHUNA C.A, comparece su apoderada abogada SARAH OTAMENDI. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 200° Y 151°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.
LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
LA COMPARECIENTE
LA SECRETARIA
Abg. ANNIELY ELIAS
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