…gado de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.- Carache, tres (03) de Diciembre de dos mil diez.-

200º y 151º

De la revisión del Expediente N° 231-2.004, se observa que la OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de quien se lleva la presente causa tiene como beneficiaria a una adolescente, pero ésta ya no se considera como tal, por cuánto cumplió la edad de 18 años, según lo establece el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cesando la Obligación de Manutención que prevé la ley citada y el artículo 282 del Código Civil.- En consecuencia se acuerda notificar a los ciudadanos: PERFECTO ANTONIO URRUTIA PIMENTEL y CATHERIN MICHEL URRUTIA DOMINGUEZ de esta decisión.- Así se decide.-
La Juez Provisoria

Abg. Adriana Saavedra C.

La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.