Hoy, 07 de Diciembre de 2010, siendo la nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, anunciado el acto por el Alguacil del Tribunal JESUS YEPEZ que la parte actora ciudadana ANA CECILIA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.962.248 y que la parte demandada CORPORACION VENEZOLANA AGRARIA, CEREALES Y ALEOGINOSAS (C.V.A), no comparecieron ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
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