REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2010-001229

PARTE DEMANDANTE: YONATHAN ELIEZER RODRIGUEZ BARRIOS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 22.190.757
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: JUAN CARLOS DIAZ, inscrito en el IPSA N° 102.049, en su carácter de Procurador Especial de Trabajadores en el Estado Lara
PARTE DEMANDADA: BERTONI PIZZA, CA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 01 de Diciembre de 2010 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, no comparecen ni la parte demandante YONATHAN ELIEZER RODRIGUEZ BARRIOS., ni la parte demandada BERTONI PIZZA, CA., ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil CESAR ALVARADO. , Se deja constancia que comparece el abogado JUAN CARLOS DIAZ, inscrito en el IPSA N° 102.049, en su carácter de Procurador Especial de Trabajadores en el Estado Lara sin documento poder. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
El Juez

Abg. José Tomás Álvarez Mendoza
La Secretaria

Abg. Yesenia P. Vásquez R.
El Alguacil

Procurador