REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
VALERA, VEINTINUEVE (29) DE ENERO DE DOS MIL DIEZ.
199º y 150º.
Vista la diligencia estampada el 26 de los corrientes por el Abogado JOHAN VASQUEZ, Inpreabogado Nº 112.172, en su condicion de Apoderado Judicial de la parte actora ciudadano NELSON TROCONIS, mediante la cual desiste del procedimiento. Y visto igualmente el aceptamiento de dicho desistimiento por parte del apoderado de la parte demandada Abogado MARCOS SOLER se le da el curso de Ley. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Agrario, Bancario, Constitucional y Obligación a la Manutención de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, declara terminado el presente proceso, en aplicación del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y se ordena el archivo del Expediente. Diarícese. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABOGADA PAULA TERESA CENTENO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOGADO KATIUSKA GONZALEZ
PTC/KG/m.v.p.s.
Expediente Nº 28018
En la misma fecha se archivó el Expediente.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOGADO KATIUSKA GONZALEZ