TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 11 de Enero de 2010.
199º y 150º
Actuación Nº 3096-1
SOLICITANTE: IGNACIA HERNÁNDEZ.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA REPRESENTAR.
Vista la exposición por medio de la cual la ciudadana IGNACIA HERNÁNDEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 5.772.545, domiciliada en el Municipio San Rafael Rangel, Estado Trujillo, asistida por la Abogada LISBETH YELIPZA HERNÁNDEZ MENDOZA, Defensora Pública N° 01 para el Área de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en la cual solicita se le autorice para representar a sus nietos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), ante la Institución Educativa donde ellos cursan estudios, este Tribunal en vista que de dicha autorización es a favor de los mencionados niños, así como vistas las actas de defunción de los padres de los niños, acuerda PRIMERO: AUTORIZAR a la ciudadana IGNACIA HERNÁNDEZ, para que represente a los niños (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), ante la Institución “Unidad Educativa Julio Sánchez Vivas”, ubicada en el Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo, donde cursan estudios los referidos niños. SEGUNDO: Se insta a la solicitante ciudadana IGNACIA HERNÁNDEZ, para que realice la solicitud correspondiente respecto a la representación legal de sus nietos. TERCERO: Provéase lo conducente.-
LA JUEZ
ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. WILLIANS BRICEÑO
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