República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Sala de Juicio N° 02
Trujillo, 20 de Enero del 2010
199º y 150º
Expediente: N° 02590

Visto el Informe emanado por el Servicio Autónomo de Protección del Niño, Niña y Adolescente Trujillano (SAPNNAT) mediante la cual sugiere el egreso de centro de la adolescente (Se omite su Nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la L.O.P.N.A.,) de 16 años de edad, en razón de su estado de gravidez, el Tribunal observa que la solicitud de aplicación de Medida de Protección establecidas en los artículos 125 y 126 ejusdem, efecto al cual en virtud de estas normas de la misma Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , acuerda:
PRIMERO: Se ordena el egreso definitivo de la adolescente: (Se omite su Nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la L.O.P.N.A.,) quien se encuentra en el Servicio Autónomo de Protección del Niño, Niña y de Adolescente del Estado Trujillo y ser entregada a la Institución MADRES SOLTERAS Y ADOLESCENTES EMBARAZADAS (AMSAE) con sede en el Sector Sabaneta de Trujillo.-

SEGUNDO: Provéase y ofíciese lo conducente.


La Juez Provisorio El Secretario


Abog. Mayerling Lisbeth Cantor Abog. Jorge E. León Alburjas


MLCA/JELA/Kdvd
EXP: N° 02590