REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintinueve de enero de dos mil diez
199º y 150º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2009-000594
PARTE ACTORA: ALEJANDRINO BRICEÑO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YRANIA TERÁN
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA HELLO
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: YENNY PIRELA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veintinueve de enero de dos mil diez, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, de la parte demandada la empresa CONSTRUCTURA HELLO, por medio de su representante legal ciudadana LORENA BEATRIZ LEON LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.800.128, asistida por la abogada YENNY PIRELA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 71.813; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano ALEJANDRINO BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° 9.499.082, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.


El Juez


Abg. Nelson Bravo Materano


Parte Demandada Abogada Asistente

La Secretaria


Abg. Merli Castellanos