REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diecinueve de enero de dos mil diez
199º y 150º


ASUNTO: TP11-L-2009-000297
PARTE DEMANDANTE: PABLO ANTONIO HUGGINS VILORIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.761.131, domiciliado en Valle Hondo, sector San José al lado de la Bodega San José, Parroquia Santa Cruz del Municipio Carache del Estado Trujillo.
PROCURADOR DE TRABAJADORES: Abg. JUAN ALFONSO VILORIA MONTILLA abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo los Nº 63.005.
PARTE DEMANDADA: DECO CLASSIC
REPRESENTANTE LEGAL: OMAR ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.282.476.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada ANA TERESA FERNANDEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 117.713.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Vista la diligencia presentada en fecha 14/01/2.010, por ante Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDDD), de la Coordinación del Trabajo del Estado Trujillo, por el ciudadano: OMAR ALIRIO ARTEAGA FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.282.476, debidamente asistido por el Abg. ELIO MARIO TARASCIO, inscrito en I.P.S.A bajo el Nº 92.748, mediante el cual expone: Que en fecha 19/12/2.009, realizaron una transacción de manera amistosa el ciudadano: PABLO ANTONIO HUGGINS VILORIA y su persona en la cual extinguen las obligaciones reclamadas en el TP11-L-2009-000297, la cual consigna en original en éste acto, solicitando que la misma sea homologada por el Tribunal y se declare el fin del proceso. En tal sentido, éste Tribunal visto el acuerdo al cual arribaron las partes en el presente asunto judicial y, siguiendo el criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, contenido en sentencias de fecha 20/11/2.007, casos: Rafael Daboín y Bernardino Paredes, ambos contra Cervecería Polar, C. A., acuerda la remisión mediante oficio del presente asunto signado TP11-L-2009-000297 al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a fin de que se pronuncie sobre la homologación del acuerdo celebrado. Ofíciese.
LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO

Abg. Maria Nanci Mendoza


LA SECRETARIA,


Abg. Maria Inés Novoa