REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 13 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-000442
ASUNTO : TP01-S-2009-000442
Visto el escrito presentado por el abogado RAFAEL GARCIA, en su carácter de Fiscal I del Ministerio Público, recibido en esta misma fecha de fecha donde notifica al Tribunal que se decretó el ARCHIVO FISCAL de la investigación 21-F1-142--2009, seguida al ciudadano GUILLERMO DE JESUS MENDOZA SIMANCAS, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia, investigación iniciada por denuncia de la ciudadana MARIA ELIGIA NUÑEZ, todo conforme a las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por lo expuesto, y a tenor de las previsiones del mismo artículo, se ordena el cese inmediato de CUALQUIER medida que pese sobre el imputado GUILLERMO DE JESUS MENDOZA SIMANCAS, con ocasión de la presente investigación.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas Nº 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR que pese contra el ciudadano: GUILLERMO DE JESUS MENDOZA SIMANCAS, de quien la fiscalia no aporto mas datos de identificación de conformidad con el articulo 315 del código orgánico procesal penal, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informaticamente.
La Juez de Control Nº 1 (T)
Abg. Deyanira Fernández Carrillo
La Secretaria
Abg. María de Los angeles Araujo