REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 8 de Enero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-001276
ASUNTO : TP01-S-2009-001276
Visto el escrito presentado por el abogado RAFAEL GARCIA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, de fecha 8 de Enero del año 2009, donde notifica al Tribunal que se decretó el ARCHIVO FISCAL de la investigación 21-F1-6396-2009, seguida al ciudadano JOSE RODRIGO DE JESUS FERNANDEZ, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, investigación iniciada por denuncia de las ciudadanas MATERAN MARLENE MARGARITA, PERDOMO MATERAN LUCIBEL y GRATEROL PERDOMO SELENA CAROLINA, todo conforme a las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Revisada la presente causa esta juzgadora evidencia que efectivamente en fecha 30 de Julio de 2009 en audiencia de presentación de imputado se le impuso al ciudadano JOSE RODRIGO DE JESUS FERNANDEZ, medida cautelar consistente en presentación ante este tribunal cada 15 días, por lo expuesto, y a tenor de las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena el cese inmediato de CUALQUIER medida que pese sobre el imputado GUSTAVO ADOLFO BRICEÑO MORENO, con ocasión de la presente investigación.
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas Nº 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR que pese contra el ciudadano: JOSE RODRIGO DE JESUS FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad nº 9165125, de 50 años de edad, nacido el 28-03-1959, herrero, hijo de Jose Rodrigo Araujo Peña y Rosa Ramona Hernández , soltero, residenciado en el sector María Isabel de Chávez, frente a Makro, calle coromoto, casa S/N color beige, cerca de la bodega, estado Trujillo, teléfono 04268021233, de conformidad con el articulo 315 del código orgánico procesal penal, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informaticamente.
La Juez de Control Nº 1 (T)
Abg. Deyanira Fernández Carrillo
El Secretario
Abg. Rolando Briceño
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