REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de enero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO : KP02-S-2008-016824


En fecha 24/11/2008 la ciudadana BLANCA RAFAELA GUDIÑO DE DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.725.075, de este domicilio, a través de su apoderado judicial abogado LUIS ALBERTO BLANCO MOLINA, de Inpreabogado N°. ,119.565 presentó escrito en el cual solicita la rectificación de Acta de Nacimiento, en el sentido de que aparece por error su primer nombre como MARIA, siendo lo correcto BLANCA. En fecha 26/01/2009 se admitió la solicitud sumariamente, ordenó notificar al Ministerio Público, solicitar datos filiatorios y la publicación de un edicto. En fecha 06/02/2009 el Alguacil consignó boleta firmada por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público. En fecha 23/04/2009 fue consignado la publicación del edicto. En fecha 17/12/2009 se recibió datos filiatorios. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados copia certificada del acta de nacimiento, expedida por tanto por la Jefatura Civil de la Parroquia Humocaro Alto, Municipio Morán del Estado Lara como el Registro Principal, acta de Matrimonio de los ciudadanos PEDRO JOSE DELGADO BASTIDAS con BLANCA RAFAEL GUDIÑO MEJIAS y los datos filiatorios emanados de la Oficina SAIME Guanare, los cuales aprecian este Tribunal de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, de los mismos se evidencia el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana BLANCA RAFAELA GUDIÑO DE DELGADO. En consecuencia, se ORDENA al Jefe Civil de la Parroquia Humocaro Alto, Municipio Morán del Estado Lara y Registrador Principal del Estado Lara, se sirva estampar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento asentada bajo el Nro. 37 del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1938, en el sentido que aparezca el primer nombre de la presentada como BLANCA.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los doce días del mes de enero de dos mil diez. Años: 199° y 150°.
La Juez


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria



Eliana Gisela Hernández Silva


MJP/maria elisa