REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.

199° y 150°
ACTUANDO EN SEDE CIVIL, produce el siguiente fallo: Interlocutorio con fuerza de definitivo.

EXPEDIENTE Nro: 23.509
Motivo: DIVORCIO.

DEMANDANTE: RIVAS RIVAS MISAEL RAMÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.311.497, domiciliado en la ciudad y Municipio Valera del estado Trujillo.
DEMANDADO: QUINTERO ZAMBRANO MARIA LUISA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.320.095, domiciliado en la Urbanización Miranda, Plata II, del Municipio Valera del estado Trujillo.
Apoderadas de la Parte Demandante: LISMARK PERDOMO, MEGDY GUTIERREZ Y DANIELA RONDON, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 92.060, 111.716 y 111.953 respectivamente.

Ú N I C A
Vista la diligencia de fecha 17 de Febrero de 2010, suscrita por la Abogada Lismark Perdomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.060; mediante la cual manifestó su voluntad de desistir del presente procedimiento de Divorcio. En consecuencia este Tribunal, verifica la capacidad de esta profesional de derecho, evidencia tal facultad en el Poder otorgado por el demandante de autos, HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente procedimiento, se pasa en autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente.- Publíquese y Cópiese.- Dada, firmada y sellada en la sede donde despacha este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En Trujillo, a los dieciocho (18) días del mes de Febrero del año dos mil diez (2010). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Provisorio,

Abog. Juan Antonio Marín Duarry
La Secretaria Titular,

Abog. Mireya Carmona Torres

En la misma fecha se publicó el fallo siendo las________. Se dejó copia para el archivo.

La Secretaria Titular,

Abg. Mireya Carmona Torres


JAMD/MCT/d@rling.-
Exp. 23.509