JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARACHE, CANDELARIA Y JOSÉ FELIPE MÁRQUEZ CAÑIZALEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.

199° y 150°

SOLICITANTE: MARIELA TROMPETERO DE BURGOS.
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
EXPEDIENTE: 480/2.010.


En fecha 11 de Enero de 2.010, se recibió Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por la ciudadana: MARIELA TROMPETERO DE BURGOS, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en la Carretera Petare Guarenas, Sector Caucaguita de la Ciudad de Caracas, aquí de tránsito, titular de la Cédula de Identidad N°. V-6.895.958, asistida en este acto por la Abg. ANA SOCORRO DELGADO GUDIÑO, Inscrita en el I.P.S.A., bajo el N°. 41.365.-
En fecha 14 de Enero de 2.010, se le dio entrada y se acordó su revisión.-
En fecha 19 de Enero de 2.010, se admitió la solicitud y se acordó notificar a la Fiscal VIII del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 04 de Febrero de 2.010, el Alguacil de este Juzgado consignó ante este despacho Boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.-
En la solicitud pide la ciudadano: MARIELA TROMPETERO DE BURGOS, se ordene corregir en su Acta de Nacimiento, la cual corre inserta en la Prefectura del Municipio Carache, hoy Registro Civil de la Parroquia Carache, Municipio Carache del Estado Trujillo, bajo el N° 98, folio 49 vto, del año 1.963, su nombre el cual es MARIELA y no MARICELA, como fue asentado en el Acta de Nacimiento, lo cual demuestra con la copia fotostática de la Cédula de Identidad, copia fotostática del Carnet de Trabajo de Industrias Royal Wear C.A., copia fotostática de la Tarjeta de Servicios del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, copia fotostática de Cuentas de Ahorro del Banco Provincial, Permiso de viaje para Niño, Niña y Adolescente para viajar dentro del país, Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento de sus hijos Yeferson Eduardo, Ronal Eduardo y Mariela del Rosario Burgos Trompetero, Copia Certificada del Acta de Matrimonio con el ciudadano Rafael Eduardo Burgos, factura de pago de gas.
Este Juzgado después de analizar las pruebas aportadas observa que el nombre de la solicitante es: MARIELA y no MARICELA, como aparece en el Acta de Nacimiento. ASÍ SE DECIDE.-
Debidamente probados los alegatos del solicitante y vista la existencia del error demandado, este Juzgado de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EN FORMA SUMARIA LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana: MARIELA TROMPETERO DE BURGOS, en consecuencia téngase como correcto su nombre como MARIELA y no MARICELA, como erradamente aparece en su Acta de Nacimiento, todo de conformidad con el articulo 773 del Código de Procedimiento Civil.
Según lo establecido en el artículo 774 eiusdem, se ordena a la Directora del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Carache y a la ciudadana Registradora Principal, ambos del Estado Trujillo, estampar la correspondiente nota marginal en el Acta de Nacimiento del ciudadano: MARIELA TROMPETERO DE BURGOS, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Carache, del Estado Trujillo, N° 98, folio 49 vto, del año 1.963. ASI SE DECIDE.-
Expídanse por secretaría las copias que requiera la parte interesada con inserción de esta sentencia y remítanse las ordenadas al Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Carache y al Registro Principal, ambos del Estado Trujillo, a los fines legales consiguientes.-
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Juzgado de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Carache, a los nueve (09) días del mes de Febrero del dos mil diez.-
La Juez Provisoria.

Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 10:00 a.m. y se dejó copia certificada en el archivo de este Tribunal.
La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.