REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado
Boconó, veinticuatro (24) de febrero de dos mil diez (2010).-

Años: 199º y 151º

Vista la solicitud suscrita por la ciudadana: CARLINA BARROETA DE CABEZAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° V.-10.255.076, domiciliada en la población de Niquitao, Parroquia Monseñor Jáuregui, Municipio Boconó, Estado Trujillo; debidamente asistida por el abogado en ejercicio LEONARDO DE JESÚS BARAZARTE DURAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la Matricula N° 36.388, en la cual solicita que se declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto RAFAEL ISIDRO CABEZAS BERRIOS, fallecido Ab-Intestato, a consecuencia de Infarto del Miocardio, en el Hospital Rafael Rangel de esta ciudad de Boconó Estado Trujillo, el día dos (02) de junio de Dos Mil Nueve (2.009), según consta de Acta de Defunción N° 127 expedida por la Coordinadora del Registro Civil del Municipio Boconó, a los ciudadanos: CARLINA BARROETA DE CABEZAS, CARLOS JOSÉ CABEZAS BARROETA, RAFAEL YSIDRO CABEZAS BARROETA, EVELIO JOSÉ CABEZAS BARROETA, YAJAIRA ESPERANZA CABEZAS BARROETA, RAMONA DEL CARMEN CABEZAS BARROETA, CARLINA CABEZAS BARROETA y GERMAN CABEZAS BARROETA; con relación a los bienes que le puedan corresponder en su condición de esposa e hijos legítimos.
ÚNICO: Este Tribunal observa al momento de decidir la presente solicitud, por una revisión minuciosa que la parte interesada no consignó las Partidas de Nacimiento de los ya nombrados ciudadanos debidamente Rectificadas, ya que se evidencian en las mismas que contienen errores materiales, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil es por lo que este Tribunal considera IMPROCEDENTE la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.- Solicitante: CARLINA BARROETA DE CABEZAS.-
La Juez Temporal,


Abg. Soraya Soler Cuevas
La Secretaria,


SSC/lbg Yonely Fernández Mejía