REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, uno de febrero de dos mil diez
199º y 150º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2009-000502
PARTE ACTORA: MARIA ALEJANDRA GIL MONTILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN VILORIA
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA EL NUEVO RENACER
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NINOSKA GRATEROL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy Primero (01) de febrero (02) de dos mil diez (2010), siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja constancia que la parte demandada COOPERATIVA “EL NUEVO RENACER” se encuentra presente en la persona de su representante legal ciudadano PANNELA ANTONIO JOSE, titular de la cedula de identidad N- 5.785.487, asistido por la Abg. NINOSKA GRATEROL, inscrita en el IPSA bajo el N- 102.997, se deja constancia que el Procurador de Trabajadores Abg. JUAN VILORIA, inscrito en el IPSA bajo el N- 63.005, se encuentra presente pero sin poder que lo faculte para representar a la demandante. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
La Juez

Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria

Abg. Merly Castellanos

Parte Demandada Abogado Asistente

Procurador de Trabajadores

En esta misma fecha se publico
La Secretaria

Abg. Merly Castellanos