REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, ocho de febrero de dos mil diez
199º y 150º
ASUNTO: TP11-S-2009-000055
PARTE OFERENTE: AGROPECUARIA INDUSTRIAL LA CEIBA C. A
ABOGADO DE LA PARTE OFERENTE: ANA RIVAS
PARTE OFERIDA: JULIO LOBO PINTO
ABOGADO DE LA OFERIDA: ANA RITA GUDIÑO
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy, Lunes Ocho (08 ) de Febrero del año Dos Mil Diez (2.010), siendo las Diez de la Mañana (10:00 a.m.), por ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo a cargo de la Jueza Abogada AURA ESTELA VILLARREAL y del Secretario Abogado: LUIS MILLA, a solicitud de las partes para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en forma anticipada; comparece la parte Oferente en la persona de sus Apoderadas Judiciales Abogadas: ANA RIVAS y ALEJANDRINA RIVAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los No.26.364 y 35.401, estando presente la parte Oferida Ciudadano: JULIO LOBO PINTO, titular de la Cedula de Identidad No. E-80.368.344, asistido por la Abogada: ANA RITA GUDIÑO MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 28.330. En este estado la parte oferida solicito el derecho de palabra y conferido como fue expuso: “Solicito al Tribunal la entrega de dinero depositada por la cantidad de Bs. F 42.000,00 a través de Cheque de Gerencia No Endosable contra la Agencia Bancaria Banco Mercantil, depositado en el presente expediente en Cuenta de Ahorro No. 0007-0200-55-0060288248, de la Agencia Bancaria Banfoandes que se corresponde a la totalidad de la Indemnización por Daño Moral y daños Materiales derivados de la responsabilidad objetiva y subjetiva en el accidente sufrido con ocasión del trabajo. Es Todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, acuerda la entrega de la Libreta aperturada con la cantidad consignado a nombre del oferido, quien recibe conforme. Ofíciese a la Oficina de Control de Consignaciones, ordenando la entrega de la Libreta al Oferido. Es todo. Se leyó, se cumplieron con todas las formalidades de ley y en señal de conformidad firman.
LA JUEZA CUARTA DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

ABG. AURA ESTELA VILLARREAL
EL SECRETARIO,

ABG. LUIS MILLA



PARTE OFERIDA ABOGADA ASISTENTE PARTE OFERIDA



APODERADAS PARTE OFERENTE