REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, cinco de febrero de dos mil diez
199º y 150º

ASUNTO: TP11-L-2009-000417.

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en la Audiencia Preliminar de fecha 20 de enero de 2010, únicamente por el Abogado JULIO FERRER AÑEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 22.566, Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadana JOHANA LOZADA; estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Tribunal para su providenciación, procede con base a los particulares siguientes:
Las pruebas documentales que a continuación se mencionan, SE ADMITEN, dejando a salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
1.1 Copia de comunicación dirigida a la ciudadana LOZADA YOHANA, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.329.687, de fecha 05/01/2009, suscrita por el ciudadano: TEOFILO BRICEÑO, Director de Recursos Humanos, del Municipio Autónomo “San Rafael de Carvajal”, cursante al folio treinta y tres (32).
1.2 Original de constancia de prestación de servicios expedida a la ciudadana: LOZADA YOHANA, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.329.667, de fecha 05/03/2009, suscrita por el ciudadano: TEOFILO BRICEÑO, Director de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Autónomo San Rafael de Carvajal, cursante al folio treinta y cuatro (34).
1.3 Copia de constancia de trabajo para el IVSS, a nombre del trabajador: LOZADA YOHANA, cursante al folio treinta y cinco (35).
1.4 Original de participación de retiro del trabajador, cursante al folio treinta y seis (36).
1.5 Copia de libreta de ahorros de Banfoandes, a nombre de la ciudadana: LOZADA YOHANA, titular de la cédula de identidad Nº V-14.329.667, de fecha 02/10/2008, cursante al folio treinta y siete (37).
1.6 Liquidación a nombre de YOHANA LOZADA, cursante al folio treinta y ocho (38).
1.7 Copia de constancia de trabajo a nombre de YOHANA LOZADA, expedida por el T.S.U. ALEXANDER DURAN, Director de Recursos Humanos, cursante al folio treinta y nueve (39).
1.8 Copia de Hoja de Antecedente de Servicio de LOZADA YOHANA, cursante al folio cuarenta (40).

Con respecto a la copia de Convención Colectiva de Trabajo de la Alcaldía del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo, junto a oficio y acta de fecha 14 de julio de 1995, relacionada con el cumplimiento de las formalidades legales de la misma, cursante a los folios cuarenta y un (41) al cincuenta y cuatro (54) del expediente, se advierte que por tratarse de convenciones colectivas de trabajo, no constituyen medios probatorios, sino que integran el principio iura novit curia, por ser fuentes de derecho que el juez debe conocer y aplicar en los casos que así lo ameriten.

LA JUEZA DE JUICIO,

Abg. THANIA OCQUE TORRIVILLA

LA SECRETARIA,


ABG. MARIA INES NOVOA.