JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, primero (1°) de Julio de dos mil diez (2010). 200° y 151°.-

Vista la diligencia de fecha veintiocho (28) de Junio de dos mil diez (2010), estampada por los ciudadanos Wilfredo Benito Cabrera (sic), Jorge Luís Cabrita y Sonia Jacinta Cabrita, identificados con cédulas números 5.777.990, 9.496.938 y 9.316.040, respectivamente, en su condición de herederos del ciudadano Venancio del Carmen Salcedo, asistidos por la abogada Yoleida Durán, inscrita en Inpreabogado bajo el número 38.847, por medio de la cual desistieron de la apelación interpuesta por ellos contra los autos dictados por el A quo en fecha 16 de Julio de 2009, este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación al desistimiento así efectuado y declara desistido el presente recurso de apelación. Se ordena remitir este expediente al Tribunal de la causa, con oficio.


EL JUEZ SUPERIOR,


Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA,

Abog. OLGA M. GONZÁLEZ F.