REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas
Barquisimeto, 16 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-008996
ASUNTO : KP01-P-2008-008996
Vistos los escritos presentados en fecha 05 de Mayo de 2010, 21 de Junio de 2010 y 13 de Julio de 2010, por la ciudadana AURA MARINA MENDOZA DE VERGARA, plenamente identificada en autos, actuando en su condición de víctima en los cuales se opone al ARCHIVO FISCAL decretado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del estado Lara en la investigación penal identificada con el alfanumérico Nº 13F2-259-08, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 316 del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido este Tribunal pasa a realizar las siguientes consideraciones:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 316 del Código Orgánico Procesal Penal, es facultad de la víctima solicitar al Tribunal de Control la revisión de los fundamentos del decreto de archivo fiscal de una investigación, debiendo en este caso el órgano jurisdiccional examinar el contenido de las actas procesales, así como el acto conclusivo de archivo fiscal, en virtud de lo cual a los fines de resolver sobre la solicitud planteada por la defensa se debe requerir de la Fiscalía Segunda del estado Lara, las actas procesales que conforman la investigación penal archivada identificada con el alfanumérico Nº 13F2-259-08, así como el acto conclusivo de archivo fiscal dictada en la misma, a los fines de emitir pronunciamiento respecto al archivo fiscal decretado que esta siendo impugnado por la víctima. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: UNICO: Se ACUERDA, oficiar a la Fiscalía Segunda del estado Lara a los fines de solicitar la remisión inmediata de las actas procesales identificadas con el alfanumérico 13F2-259-08, así como el acto conclusivo de archivo fiscal decretado en el mismo a los fines de resolver impugnación que conforme a lo dispuesto en el artículo 316 del Código Orgánico Procesal Penal planteo la víctima en el presente proceso. Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 02
ABG. JESÚS GERARDO PEÑA ROLANDO.
LA SECRETARIA
Abg. FRANCIS SIVIRA.
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