TRIBUNAL DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 06 Julio de 2010.
200º y 151º
Actuación Nº TI-3317-1
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: NORA DEL CARMEN RUBIO HERNÁNDEZ.
Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana NORA DEL CARMEN RUBIO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.769.109, domiciliada en el Municipio Andrés Bello, Estado Trujillo, actuando en su propio nombre y en representación de su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), asistida por la abogada AIDA PIÑA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 125.406, solicita se declare a ella NORA DEL CARMEN RUBIO HERNÁNDEZ y a su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA) como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del extinto JULIO RAMÓN CASTELLANOS REYES. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 5, acta de matrimonio inserta al folio 4, acta de nacimiento inserta al folio 3 y declaración de testigos cursante a los folios 13 al 18. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del extinto JULIO RAMÓN CASTELLANOS REYES, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 5 de la solicitud, a su esposa NORA DEL CARMEN RUBIO HERNÁNDEZ y a su hija (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudiera no tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.
LA JUEZ
ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. WILLIANS BRICEÑO