REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintiuno de julio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : KP02-H-2010-000074

Vista la solicitud de homologación de acuerdo extrajudicial de Regimen de Convivencia Familiar, presentada ante este despacho por la Fiscalia Décimo Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. Mariela Viloria, a instancias de los ciudadanos YEALI YANETH COLMENAREZ DIAZ y EDGAR ALEXANDRO PEREZ FLORES, se le da entrada.
PARTES: YEALI YANETH COLMENAREZ DIAZ y EDGAR ALEXANDRO PEREZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 21.296.727 y 21.127.106 respectivamente, domiciliados la primera en Barrio 23 de Enero, calle 3 con carrera 1 y 2, y el segundo en Pueblo Nuevo, carrera 11 entre calles 3 y 4 de Barquisimeto.
BENEFICIARIO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención, el cual consiste en lo siguiente: UNICO: El padre puede ver al niño en la casa de la abuela materna todos los fines de semana en el horario comprendido entre las 04.00 de la tarde hasta las 07:00 de la noche. Por encontrarse el acuerdo trascrito conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada del mismo a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.

Dada, sellada y firmada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 21 de julio de 2010. Años: 200º y 151º.

LA JUEZ SEGUNDA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,

Abg. ROSANGELA M. SORONDO.


LA SECRETARIA,

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 323-2010 y se publicó siendo las 9:32 a.m.

elviap* LA SECRETARIA