REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO.1
EN SU NOMBRE

Barquisimeto, 20 de Julio de 2010
Años: 200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2009-000100


ABOCADA al conocimiento del presente asunto, y vista comunicación de la delegada de prueba notificando la incomparecencia del Ciudadano: JOSE ENRIQUE RODRIGUEZ C.I. No. 10.774.088 se ORDENA: notificarle que debe comparecer con carácter de URGENCIA en el lapso improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas una vez hubiese sido notificado, por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a los fines de que le sean realizados los Estudios propios para optar a la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, adviértase al penado que su incomparecencia darà lugar a la ejecución inmediata del Auto de Ejecución de Computo de la Sentencia condenatoria de dos (2) años de PRISION que pesa sobre su persona, para lo cual se librara ORDEN DE CAPTURA. Notifíquese del presente auto a la UTASP y remítase copia de la Sentencia condenatoria y del auto de Ejecución de computo. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.

La Jueza de Ejecución No.1

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez

La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

La Secretaria