Visto el convenimiento entre ambas partes, inserta al folio 12, del Cuaderno de Embargo del presente expediente, en consecuencia; este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte LA HOMOLOGACION del convenimiento, de conformidad con la norma contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se ORDENA el ARCHIVO el mismo.-
El Juez Temporal,
Abg.. Ramón Alvarez Suárez.
La Secretaria,
Abg. Yosglide Duin León.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se ARCHIVO el presente expediente.-
La Sec.
EXPEDIENTE CIVIL N° 1515-10.
DEMANDANTE: ROSA RODRIGUEZ DE COLMENARES.
DEMANDADO: YVAN JOSE CASTILLO AGUILAR..
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA..
Magalis V.-.-