JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, diecisiete (17) de Junio de dos mil diez (2010). 200° y 151°.-
Vista la diligencia de fecha dieciséis (16) de Junio de dos mil diez (2010), estampada por los abogados Alcides Ojeda Cabrera y Ediover Carrillo Mejía, inscritos en Inpreabogado bajo los números 114.061 y 130.734, respectivamente, parte demandante, por medio de la cual desistieron de la apelación por cuanto en la causa principal fue celebrada transacción la cual fue homologada por el A quo, este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación al desistimiento así efectuado y declara desistido el presente recurso de apelación. Se ordena remitir este expediente al Tribunal de la causa, con oficio.
EL JUEZ SUPERIOR,
Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ
LA SECRETARIA,
Abog. RIMY E. RODRÍGUEZ A.
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