REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintinueve de junio de dos mil diez
200º y 151º

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2010-000124
PARTE ACTORA: JOSÉ MANUEL PEREZ FAJARDO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN ALFONSO VILORIA MONTILLA
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL: LEONEL RUIZ
SINDICO PROCURADORA MUNICIPAL: ANDREA COROMOTO PEREZ COLMENARES
MOTIVO: Cobro De Prestaciones Sociales

Hoy, 29 de junio de 2010, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la parte demandante ciudadano: JOSÉ MANUEL PEREZ FAJARDO, asistido del procurador de trabajadores abogado JUAN ALFONSO VILORIA MONTILLA, inscrito en i.p.s.a bajo el no 63.005,y la parte demandada la ALCALDIA DEL MUNICIPIO PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL: LEONEL RUIZ, por medio de la SINDICO PROCURADORA MUNICIPAL: ANDREA COROMOTO PEREZ, inscrita en i.p,s.a bajo el no 103.986 ,según nombramiento agregada en autos, acto seguido, la jueza, aperturó el acto. Una vez comenzadas las conversaciones conciliatorias sobre los hechos alegados por cada una de las partes, las partes de mutuo acuerdo solicitaron el derecho de palabra y concedida como fue la parte demandante expone: “Ciudadana Jueza hemos realizado el análisis de cada una las situaciones de hecho y de derecho, conceptos, montos demandados en la presente causa y una vez verificado el monto total por conceptos de mis prestaciones sociales se ha determinado que es la cantidad de CINCO MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.5.000, 00) de los cuales recibo en este acto la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS SIN CÉNTIMOS (Bs.2.500,00) MEDIANTE CHEQUE SIGNADO CON EL No 61011989, cuenta No0116-0192-80-0161019847, ALCALDIA DEL MUNICIPIO PAMPANITO, a nombre de JOSÉ MANUEL PEREZ FAJARDO, DE FECHA 29 -06-2010, BANCO BOD, TRUJILLO . y la cantidad restante de DOS MIL QUINIENTOS SIN CÉNTIMOS (Bs.2.500,00) se me hará entrega antes del 30 de noviembre del presente ano. Recibido el monto descrito mediante cheque, y el acuerdo de pago del monto restante solicito al tribunal se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada y una vez que se me pague la totalidad del monto acordado solicito se ordene el archivo definitivo de la presente causa. Se le otorgo el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: “En nombre y representación de LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO, y de acuerdo a las facultades conferidas por esta, estoy de acuerdo con lo expuesto por la parte demandante por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”. Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA. Se regresan las pruebas a cada una de las partes. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 3:00 P.m., terminó, se leyó, y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 200 años de la Independencia y 151 años de la Federación.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN



LA PARTE DEMANDANTE ABOGADO ASISTENTE


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABG. YOLIMAR COOZ