REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dieciséis de junio de dos mil diez
200º y 151º
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2010-000246
PARTE ACTORA: MARIA MINTA SILVA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ONEIDA SIERRALTA MÉNDEZ
PARTE DEMANDADA: ROSIRIS MARIA MONTILLA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS DERECHOS LABORALES
En el día hábil de hoy dieciséis de junio de dos mil diez, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana MARIA MINTA SILVA VALERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.315.958, no compareció, ni por si, ni por medio de apoderado judicial, a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
El Juez
Abg. Nelson Bravo Materano
La Secretaria
Abg. Salome Matheus
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