REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dieciocho de junio de dos mil diez
200º y 151º

ACTA

ASUNTO Nº TP11-L-2010-000220
PARTE ACTORA: PEDRO PABLO MISE DURAN
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN ALFONSO VILORIA MONTILLA
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA PALMARITO, C.A. (AGROPALCA)
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: NÉSTOR GUEDEZ
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: AURA ROSA ROMAN
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS BENEFICIOS LABORALES


En el día hábil de hoy, 18 de junio de 2010, siendo las 2:30 de la tarde oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, que por distribución automatizada correspondió al conocimiento del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Trujillo. En el momento en que el alguacil hizo el llamado a las puertas del Tribunal comparecen a la audiencia: la parte actora ciudadano PEDRO PABLO MISE DURAN, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.318.443, asistido por su apoderado judicial Abogado JUAN ALFONSO VILORIA MONTILLA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 63.005, de la misma manera se hizo presente la parte demandada la empresa AGROPECUARIA PALMARITO, C.A. (AGROPALCA), en la persona de su representante legal ciudadano: NÉSTOR ELVIS GUEDEZ MONTILLA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.013.185, asistido por la Abogada AURA ROSA ROMAN, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 105.399. Acto seguido el Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, acuerda la celebración de dicha audiencia y apertura el acto y explica a las partes la importancia y significado del mismo; del uso de los medios alternos para la solución de los conflictos; solicita el derecho de palabra a la parte demandada y concedido como le fue, expuso: Una vez analizados los conceptos demandados en forma conjunta con la parte demandante le corresponde esta la cantidad de CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 4.166,00), por cuanto a la parte actora se le había pagado como adelanto de prestaciones sociales la cantidad de DIEZ MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES CON CERO NUEVE CENTIMOS (Bs. 10.547,09); en consecuencia ofrezco pagar al demandante ciudadano PEDRO PABLO MISE DURAN, antes identificado la cantidad de CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 4.166,00), cantidad esta que cubre los conceptos de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones vencidas y fraccionadas, utilidades vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionados, y será pagado el día 22 de junio del presente año; presente la parte actora asistido de abogado, manifiesta que es cierto lo expresado por el representante legal de la parte demandada y acepta la cantidad arriba ofrecida y declara que nada mas nada tiene que reclamar a la misma, ni por este, ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en virtud del presente ACUERDO al cual han llegado las partes durante la Audiencia y por cuanto la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo da por concluido el proceso en virtud de que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordenará el archivo del expediente una vez que conste en autos el pago total del acuerdo suscrito. Es todo. Terminó, se leyó, se cumplieron con todas las formalidades de Ley y en señal de conformidad firman.
EL JUEZ


ABG. NELSON BRAVO MATERANO


La Parte actora El Procurador de Trabajadores


La Parte demandada La Abogada Asistente

LA SECRETARIA,


ABG. ASTRID LEON