REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 17 de Junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2010-000045
ASUNTO : TP01-S-2010-000045

Visto el escrito presentado por la abogada REINA IRENE PIMENTEL y JOSE RAFAEL GARCIA DURAN, en su carácter de Fiscal I del Ministerio Público y Fiscal Auxiliar I del Ministerio Público, de fecha 29/04/2010, donde notifica al Tribunal que se decretó el ARCHIVO FISCAL de la investigación D21-487-2010, seguida al ciudadano JOSE RUBEN RAMIREZ QUINTERO, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, Y AMENAZA, previstos y sancionados la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, investigación iniciada por denuncia de la ciudadana: YESSIKA CAROLINA PALOMARES LAGUNA, todo conforme a las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por lo expuesto, y a tenor de las previsiones del mismo artículo, se ordena el cese inmediato de CUALQUIER medida que pese sobre el ciudadano JOSE RUBEN RAMIREZ QUINTERO, con ocasión de la presente investigación.

DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas Nº 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR que pese contra el ciudadano: JOSE RUBEN RAMIREZ QUINTERO, residenciado en URBANIZACION SANTA CRUZ, PRIMERA ETAPA, CASA Nº 06, FRENTE AL PARQUE, VALERA ESTADO TRUJILLO, de conformidad con el articulo 315 del código orgánico procesal penal, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.

Regístrese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público en su oportunidad legal. Ciérrese Informáticamente.


La Juez de Control Nº 1

Abg. Maritza Rivas Araujo

La Secretaria