REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 30 de junio de 2010
Años: 200 y 151°
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-005301
Vista la solicitud de entrega de vehículo presentado por el ciudadano William Arquímedes Gotopo Rodríguez, asistido, por el Abogado Francisco Gamez inscrito en el IPSA bajo el Nº 140.957, este Tribunal de Control No 2º pasa a decidir en los siguientes términos:
De los folios 77 al 83 cursa Experticia de Reconocimiento de fecha 22 de julio de 2009, practicada por el funcionario SM/2DA (GNB) Juan Francisco González y SM/3RA (GNB) Mendoza Guevara Pastor, del Comando Regional Nº 4 donde se deja constancia de las siguientes características:
MARCA: CHEVROLET, MODELO: BLAZER, CLASE CAMIONETA, TIPO: STATON WAGON, AÑO: 1998, COLOR: BLANCO, USO: PARTICULAR, PLACAS: PAA-46X, SERIAL DE CARROCERIA: 8ZNDT13W4WV310988, SERIAL DE MOTOR: 3W4WV310988
En la Experticia se concluye:
1- Serial de carrocería Nº 8ZNDT13W4WV310988, esta es Original
2- Serial de Chasis Nª 8ZNDT13W4WV310988, es Original
3- Serial de Motor Nª 3W4WV310988, es Original
4- Serial de F.C.O. Nª L80983, es Original
De los folios 85 al 88 cursa Experticia de Reconocimiento de fecha 08 de octubre de 2009, practicada por los funcionarios SM/2DA (GNB) Eduardo Lama Andradez y SM/3RA (GNB) Ricardo Satizabal Pelaez, del Comando Regional Nº 4 donde se deja constancia de las siguientes características:
MARCA: CHEVROLET, MODELO: BLAZER, CLASE CAMIONETA, TIPO: STATON WAGON, AÑO: 1998, COLOR: BLANCO, USO: PARTICULAR, PLACAS: PAA-46X, SERIAL DE CARROCERIA: 8ZNDT13W4WV310988, SERIAL DE MOTOR: 3W4WV310988
En la Experticia se concluye:
1.- Serial de carrocería Nº 8ZNDT13W4WV310988, se encuentra suplantado.
2.- Serial de Chasis Nª 8ZNDT13W4WV310988, se encuentra Original
3.- Serial de Motor Nª 3W4WV310988, es Original
4.- Serial de F.C.O. Nª L80983, se encuentra Insertado
A los folios 90 y 91 consta inspección Mecánica y Diseño, realizado por el Cabo 1ro. (tt) Javier Quero, adscrito a la Oficina de vehículos de la sección de investigaciones de la U.E.V.T.T. Nº 51 Lara, realizada a un vehículo con las siguientes características MARCA: CHEVROLET, MODELO: BLAZER, CLASE CAMIONETA, TIPO: STATON WAGON, AÑO: 1998, COLOR: BLANCO, USO: PARTICULAR, llegando a la siguiente conclusión:
1.- Seriale de identificación FALSO
2.- Serial de seguridad FALSO
3.- Serial de Motor Original
A los folios 60 y 61 cursa Experticia de Reconocimiento Legal, Avalúo Real y constancia de posibles alteraciones Nº 9700-127-DC-AEV-190-03-09 de fecha 16 de marzo de 2009, practicada por Daniel Moreno, Experto adscritos a la Sub-Delegación Lara del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas donde se deja constancia de las siguientes características:
MARCA: CHEVROLET, MODELO: BLAZER, CLASE CAMIONETA, TIPO: STATON WAGON, COLOR: BLANCO, USO: PARTICULAR, PLACAS: PAA-46X, tiene un avalúo de TREINTA (30) MIL DE BOLIVARES.
En la Experticia se concluye:
1.- ) Chapa Identificadora del Serial de Carrocería se encuentra FALSA.
2.- ) El serial de Identificación del chasis se encuentra FALSO
3.- ) El serial de Seguridad de la carrocería se encuentra FALSO e INCORPORADO
4.- ) El serial de identificación de Motor se encuentra FALSO
En el folio 49 cursa experticia al certificado de registro de vehiculo Nº 9700-127-GTD-820-09, de fecha 13 de Marzo del 2009, suscrita por los expertos: Agente Hayde Torres y Agente Carlos González, adscrito del Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Lara, donde se le realizó experticia al Certificado de Registro de Vehículo signado con el número 8ZNDT13W4WV310988-3-1, a nombre de JOSE RAUL ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nº 07385370, para determinar su autenticidad o falsedad, arrojando el análisis técnico realizado al mismo ser AUTENTICO.
Al folio 11 cursa providencia administrativa suscrita por el Abg. Yurancy Arteaga, Fiscal Auxiliar Sexta del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 16 de diciembre de 2009, a través de la cual niega la entrega del vehículo dada las condiciones en que se encuentra el Vehículo.
Ahora bien, de la revisión de las presentes actuaciones se observa que existen un solicitante, como lo es el ciudadano William Arquímedes Gotopo Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nª 3.314.003, y por cuanto riela en las presentes actuaciones: 1.-) Título de Propiedad de Vehículos Automotores Nº 8ZNDT13W4WV310988-3-1, a nombre del ciudadano José Raúl Escalona, 2.-) Documento de compra venta, donde Héctor Almao Camacaro vende al ciudadano William Arquímedes Gotopo Rodríguez, así como, Asimismo, se evidencia que el problema se encuentra en el serial de identificación de Carrocería, que luego de efectuarse las experticia resultaron unas originales y otras suplantadas, pero de la experticia realizada al vehículo se demuestra que estamos en presencia de un vehículo con seriales Originales, solo que los remaches no corresponden con los utilizados por la planta ensambladora, es por lo que este juzgador considera procedente con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, así como el criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia la cual estableció “ a quienes habiendo acudido al Juez de Control a solicitar su devolución, demuestren en prima facie ser propietario o poseedores legítimos y mas adelante continua la sentencia … en los casos de los vehículos automotores, resulta obligatoria su devolución a quienes exhiban la documentación expedidas por las autoridades administrativas de transito..” , por lo que debe hacerse la entrega del vehículo. Y así se decide
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 2º Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: Primero: Hacer la Entrega Plena del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano William Arquímedes Gotopo Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº 3.314.003. Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial LA CONCORDIA, que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehículo MARCA: CHEVROLET, MODELO: BLAZER, CLASE CAMIONETA, TIPO: STATON WAGON, AÑO: 1998, COLOR: BLANCO, USO: PARTICULAR, PLACAS: PAA-46X, SERIAL DE CARROCERIA: 8ZNDT13W4WV310988, SERIAL DE MOTOR: 4WV310988, al ciudadano William Arquímedes Gotopo Rodríguez, titular de la cédula de identidad Nº 3.314.003. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.
ABG. ADELMO ATILIO LEAL ARRIETA.
JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL
EL SECRETARIO.