REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 03 de junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO: KJ01-X-2006-000192

Se hace necesario decidir respecto a la Culminación de Régimen de Pruebas por el Cumplimiento de las Condiciones impuestas, en razón de ello previamente se observa:

Consta en autos que las ciudadanas Elgidia Maria Bocarruido Herrera, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.986.782, Nelly Pastora Pérez Alvarado, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.602.369, Johana Josefina Hernández Torrealba, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.177.408. Carmen Mercedes Leal Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.965.529. Vanesa Anaís García Sangrona, titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.516.920. Elvira De La Paz Mundaraín De Segovia, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.223.344, se le Acordó la Suspensión Condicional del Proceso por un plazo de Un (01) Año, asimismo a cumplir las Condiciones impuestas y someterse a la Supervisión del Delegado de Prueba que se le designe.

Consta en autos Informe de Finalización de la Suspensión Condicional del Proceso, con una Opinión Favorable por parte del Delegado de Pruebas asignado a la Supervisión del desempeño de las Condiciones Impuestas

En este caso quien decide, verificado el Cumplimiento de la Condiciones Impuestas en el lapso establecido, Acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, la Extinción de la Acción Penal y en consecuencia se Decreta el Sobreseimiento de la Causa de Conformidad con lo señalado en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal por Cumplimiento de las condiciones Impuestas. Y ASI SE ESTABLECE.

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 4, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda La Extinción de la Acción Penal a favor de Olga Gregoria Curvelo, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.859.156. Elgidia Maria Bocarruido Herrera, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.986.782. Nelly Pastora Pérez Alvarado, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.602.369. Johana Josefina Hernández Torrealba, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.177.408. Carmen Mercedes Leal Rodríguez, titular de la Cédula de Identidad No. V-15.965.529. Vanesa Anaís García Sangrona, titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.516.920. Elvira De La Paz Mundaraín De Segovia, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.223.344., y en consecuencia Se Decreta El Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 7º y 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Remítase en su oportunidad las actuaciones al Archivo Judicial del este Circuito una vez Decretada Definitivamente Firme la Decisión para su debido cuido y conservación.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.

EL JUEZ DE CONTROL Nº 4

ABG. LINA RODRIGUEZ

LA SECRETARIA