REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de junio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : KP02-V-2010-002292

Vistos.
Por cuanto de la revisión exhaustiva realizada al presente juicio de Cumplimiento de Contrato, intentado por el Abogado LUÍS S. MONTENEGRO H., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.309.252 en su carácter de representante Legal de la empresa “PROYECTO-CONSUL-L.M, inscrita por el Registro Mercantil Tercero de Estado Guarico, en fecha 31 de Enero 2001, bajo el N° 16, Tomo 1-B, con ultima modificación en fecha 20 de Enero 2006, bajo el N° 04, Tomo 1-0-Pro contra CVA EMPRESA COMERCIALIZADORA DE INSUMOS Y SERVICIOS AGRÍCOLAS S.A, creada según decreto Presidencial N° 3.542 de fecha 22 de Marzo ce 2005, publicada en Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.153 de fecha 28 de Marzo de 2005, reimpresa por fallas en el original en la Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.156, de fecha 31 de Marzo de 2005, inscrita en el Registro Mercantil VII, se observa que la presente solicitud refiere a la materia Agraria, conforme al dispositivo legal especial que rige la materia, concretamente el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, y en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la presente causa en el Juzgado de Primera Instancia Agrario del Estado Lara. En consecuencia, se ordena remitir el expediente a la Unidad Receptora y Distribución de Documentos del área civil, con oficio, una vez quede firme la presente decisión, a los fines de su distribución.
Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los Veintiocho (28) días del mes de Junio de dos mil Diez (2.010). Años 200° y 151°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

Eliana Hernandez Silva
Se publicó en la misma fecha y se dejó copia.
La Sec.

MJP/Milagro