REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Tres (03) de Junio de dos mil diez (2010).
200º y 151º
ASUNTO: KN04-X-2010-000008
Vista el acta de inhibición suscrita por la abogada LUZ MARIA VILLARROEL, Juez Temporal del Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, recibida en copia certificada el 22/04/2010, en la cual se inhibe alegando: “…me INHIBO de continuar conociendo de la presente causa, signada con el Nro. KP02-V-2010-00781, Demanda por Desalojo de Inmueble, en virtud de tener enemistad con el abogado EUCLIDES SEBASTIANI MARQUEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo en Nro. 64.079. Sin embargo esta enemistad entre nosotros pudiera comprometer el criterio objetivo que debo tener como Juez, razón por lo que fundamento la presente inhibición en el ordinal 18 del articulo 82 del Código de Procedimiento Civil […] Que la copia que antecede, es igual a su original que se encuentra en el Asunto Nº KP02-V-2010-00781, Demanda por Desalojo de Inmueble, intentado por la ciudadana MARISOL DEL CARMEN RODRÍGUEZ DE PÉREZ […] Por cuanto tal declaración le releva de pruebas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Inhibición, por estar fundada en causa legal. En consecuencia, remítase copia certificada de esta actuación a la Jueza Inhibida, y también remítanse las presentes actas a la U.R.D.D. del área civil para que sean enviadas al Juzgado donde quedó el expediente en que se originó la inhibición.
Cúmplase.
Déjese copia en este Tribunal a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los Tres (03) días del mes de Junio del año dos mil diez (2010). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Juez
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria
Eliana Gisela Hernández Silva
En la misma fecha se publico siendo las03:02 p.m., y se dejo copia
La Secretaria
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