REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 30 de junio de 2010, se trasladó el Tribunal en la siguiente dirección: Av. Lara frente a Casa Regia No. 01, en compañía de la parte actora Rosbelys Arias, junto a la Procuradora Especial de Trabajadores Abg. Avianny García, IPSA 108.918, y una Comisión de la Guardia Nacional. Fuimos atendidos por los apoderados de la demandada Yardleing Infante y Oswaldo Ramos, IPSAS 92404 y 119392, respectivamente, quienes fueron impuestos de la misión del Tribunal. Los notificados manifiestan la voluntad de reincorporar a la trabajadora en un cargo que crearán al efecto, y ofrecen convenimiento de pago para el pago de los salarios caídos, el cual es aceptado por la trabajadora, quien a su vez solicita el pago inmediato de una mensualidad de Bs. 1000, el cual acepta pagar en el mismo acto y efectivamente paga en el acto mediante cheque la parte actora. El tribunal dio por concluida la misión y regreso a su sede siendo las 11:30 am.