REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

A las 9:15 a.m, se constituyó este Juzgado en la Calle 28 entre Carreras 16 y 17 N° 16-77, Barquisimeto Estado Lara, acompañados del apoderado Judicial Abogado Amilcar Segura IPSA 127.408, Pedro Rodriguez, (de la Depositaria Judicial Comproven 2000 C.A) y Juan Comenarez, designados depositario y perito respectivamente, asimismo de los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, de los efectivos del Cuerpo de Policía del Estado Lara y de la representante del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Iribarren del Estado Lara. En el sitio fuimos atendidos por el demandado Cruz Romero, designándose cerrajero a Ricardo Rojas debido a que el notificado se negaba abrir voluntariamente las puertas el inmueble; una vez que se tuvo acceso al mismo se constató que se encontraban personas, luego de un dialogo entre el apoderado y el demandado se procede al inventario de los bienes los cuales fueron trasladados al sitio indicado por el demandado. El Tribunal declaró la desposesión jurídica del inmueble y lo entregó libre de personas y bienes a la parte actora. No se constituyó deposito necesario de bienes e igualmente no hubo alteración del órden público. A las 11:38 a.m terminó el acto.-