REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2008-002104
PARTE ACTORA: EDGAR PASTOR PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.601.806.
PARTE DEMANDADA: SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DE INSUMOS FERROVIARIOS INFERCA (SINBOLTRAINFERCA)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 30 de Junio de 2010, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que tanto la parte actora como la demandada no comparecieron por sì ni por medio de apoderado o representante legal alguno, según la información suministrada por el Alguacil JESUS YEPEZ. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
EL JUEZ
ABG. JOSÉ TOMÁS ÁLVAREZ MENDOZA
LA SECRETARIA
ABG. NAILYN RODRIGUEZ CASTAÑEDA
|