REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.


ASUNTO: KP02-L-2008-002104

PARTE ACTORA: EDGAR PASTOR PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.601.806.

PARTE DEMANDADA: SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DE INSUMOS FERROVIARIOS INFERCA (SINBOLTRAINFERCA)


MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES



Hoy, 30 de Junio de 2010, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que tanto la parte actora como la demandada no comparecieron por sì ni por medio de apoderado o representante legal alguno, según la información suministrada por el Alguacil JESUS YEPEZ. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-


EL JUEZ

ABG. JOSÉ TOMÁS ÁLVAREZ MENDOZA
LA SECRETARIA

ABG. NAILYN RODRIGUEZ CASTAÑEDA