, 1.
—1 \
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATÁN, SAN AFAEL
DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTAL*) TRUJILLO
PARTE SOLICITANTE MAXIMO ALEXANDER MATHEUS SEGOVIA venezolK niayo
edad, estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.832ui actúa en representación de la Sucesión MAXIIVIO ANTONIO MATHEUS DELGADO, asistido por las Abogadas en ejercicio XIOMARA C. PACHECO MONTILLA y AMARILYS GIL BARRETO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.311.479 y 17.393.169, e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 56.150 y 138.536, respectivamente.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. EXP. 12.349
Se inicia el presente procedimiento judicial no contencioso de SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE MAXIMO ANTONIO MATHEUS DELGADO, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.007.476, fallecido en fecha: 02 de Enero de 2009, según Acta de Defunción N° 01, de fecha 05 de Enero de 2009, asentada en el Registro Civil del Municipio Escuque del estado Trujillo, formulada por la ciudadana: YULY MAIRA MATHEUS BRICEÑO, mayor de edad, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.045.125, domiciliada en el Sector Valle Alto, Parroquia Escuque, Municipio Escuque del Estado Trujillo, hija del de cujus, y que forma parte del presente procedimiento formulado por el ciudadano MÁXIMO ALEXANDER MATHEUS SEGOVIA, venezolano, mayor de edad, estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 17.832.274, con domicilio en la Población de La Cejita, Avenida Bolívar, casa N° 32, Municipio San Rafael de Carvajal del estado Trujillo, soltero y civilmente hábil, debidamente asistido por las Abogadas en ejercicio XIOMARA C. PACHECO MONTILLA y AMARILYS GIL BARRETO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.311.479 y 17.393.169 e inscritas en el I.P.S.A., bajo los N° 56.150 y 138.536, respectivamente, quien procede a ejercer su derecho y el de sus hermanas EGLE DEL VALLE MATHEUS SEGOVIA, titular de la Cédula de Identidad N° 14.719.301; BELKIS ANTONIA MATHEUS DE OLIVAR, titular de la Cédula de Identidad N° 12.908.431; EDITH COROMOTO MATHEUS BENCOMO, titular de la Cédula de Identidad N° 9.003.749; M1REYA COROMOTO MATHEUS SEGOVIA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.618.986 y YULY MAIRA MATHEUS BRICEÑO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.045.125, de los bienes dejados por el de cujus o de cualquier derecho que les corresponda como familiares directos del referido causante.
1
DE LA COMPETENCIA
Tal como lo señala la Resolución N° 2009-006 de fecha 18/03/2009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada mediante Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152 de fecha 02/04/2009, mediante la cual resolvió modificar las competencias de los Juzgados paraCr. Mercantil Tránsito: correspondiendoa los Tribunal k
- - de ios asintos contenciosos cuya cuantía no exceda de es mil unidades como de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción
ro e:eneiosa en materia civil, mercantil y de familia, sin que participen niños, niñas y
-ecen:es. seeúr las reglas ordinarias de la competencia por el territorio. En consecuencia, este Tribunal se DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente acción por la MATERIA, POR LA CUANTÍA POR EL TERRITORIO. Y ASI SE DECIDE.
II
CONSIDERACIÓN Y MOTIVACIONES
Cursan en autos:
A) Copia fotostática simple de las Cédulas de Identidad del solicitante y de sus hermanas (folio 02);
B) Copia Certificada del Acta de Defunción N° 01 del causante, expedida por la Directora de la Oficina del
Registro Civil del Municipio Escuque del Estado Trujillo (folio 03);
C) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 2320 del año 1985, expedida por el Registrador Civil del
Municipio Trujillo del Estado Trujillo (folios 04) y correspondiente al ciudadano MAXIMO ALEXANDER;
D) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 19 del año 1980, expedida por la Directora del Registro
Civil del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo (folio 05) y correspondiente a la ciudadana
EGLE DEL VALLE:
E) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1824 del año 1978, expedida por la Directora del Registro
Civil Municipal Valera, Estado Trujillo (folio 06) y correspondiente a la ciudadana BELKIS ANTONIA;
F Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 5.663 del año 1960, expedida por el Prefecto del Municipio
Ccuivacoa folio 07) y correspondiente a la ciudadana EDITH COROMOTO;
Z Zopia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1223 del año 1975, expedida por la Directora del Registro L:eipal Valera, Estado Trujillo (folio 08) y correspondiente a la ciudadana MIREYA COROMOTO; Z: Cerificada del Acta de Nacimiento N° 1609 del año 1970, expedida por la Prefectura de la
\reedes Diaz Municipio Valera Estado Trujillo (folio 09) y correspondiente a la ciudadana
dos 10 al 36 riela expediente original de Solicitud signado con el N° 5.114 formulado por el ____ LXLMO ALEXANDER MATREUS SEGOVIA, motivado a JUSTIFICATIVO DE
ante el Tribunal Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y i-inseripción Judicial del Estado Trujillo.
-- -ea constancia de distribución signado con el N° 2010-3273-TMV. de fecha 21/01/2010
— :;ela auto de fecha 27/01/20 10 mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud ccis 11 900 del Código de Procedimiento Civil se acordó librar Cartel de Citación paia
oc-do que pudiera estar interesado en la presente solicitud y/o Sucesores Descoñoci en el Diario El Tiempo (folio 39).
- diligencia de fecha 0502 2010. suscrita por el ciudadano MAXIMO ALEXAN
— a ZA istido por la Ahogada AMARILYS GIL BARRETO. mediante la cuai i
______ ¿ cartel rara sc reec:: a ruhlicación.
de - :- . saserita por el ciudadano ALEXAI
- RLYS GIL BARRETO. mediante cuai eZE Cr. Mercantil Tránsito: correspondiendoa los Tribunal k
- - de ios asintos contenciosos cuya cuantía no exceda de es mil unidades como de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción
ro e:eneiosa en materia civil, mercantil y de familia, sin que participen niños, niñas y
-ecen:es. seeúr las reglas ordinarias de la competencia por el territorio. En consecuencia, este Tribunal se DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente acción por la MATERIA, POR LA CUANTÍA POR EL TERRITORIO. Y ASI SE DECIDE.
II
CONSIDERACIÓN Y MOTIVACIONES
Cursan en autos:
A) Copia fotostática simple de las Cédulas de Identidad del solicitante y de sus hermanas (folio 02);
B) Copia Certificada del Acta de Defunción N° 01 del causante, expedida por la Directora de la Oficina del
Registro Civil del Municipio Escuque del Estado Trujillo (folio 03);
C) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 2320 del año 1985, expedida por el Registrador Civil del
Municipio Trujillo del Estado Trujillo (folios 04) y correspondiente al ciudadano MAXIMO ALEXANDER;
D) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 19 del año 1980, expedida por la Directora del Registro
Civil del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo (folio 05) y correspondiente a la ciudadana
EGLE DEL VALLE:
E) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1824 del año 1978, expedida por la Directora del Registro
Civil Municipal Valera, Estado Trujillo (folio 06) y correspondiente a la ciudadana BELKIS ANTONIA;
F Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 5.663 del año 1960, expedida por el Prefecto del Municipio
Ccuivacoa folio 07) y correspondiente a la ciudadana EDITH COROMOTO;
Z Zopia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1223 del año 1975, expedida por la Directora del Registro L:eipal Valera, Estado Trujillo (folio 08) y correspondiente a la ciudadana MIREYA COROMOTO; Z: Cerificada del Acta de Nacimiento N° 1609 del año 1970, expedida por la Prefectura de la
\reedes Diaz Municipio Valera Estado Trujillo (folio 09) y correspondiente a la ciudadana
dos 10 al 36 riela expediente original de Solicitud signado con el N° 5.114 formulado por el ____ LXLMO ALEXANDER MATREUS SEGOVIA, motivado a JUSTIFICATIVO DE
ante el Tribunal Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y i-inseripción Judicial del Estado Trujillo.
-- -ea constancia de distribución signado con el N° 2010-3273-TMV. de fecha 21/01/2010
— :;ela auto de fecha 27/01/20 10 mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud ccis 11 900 del Código de Procedimiento Civil se acordó librar Cartel de Citación paia
oc-do que pudiera estar interesado en la presente solicitud y/o Sucesores Descoñoci en el Diario El Tiempo (folio 39).
- diligencia de fecha 0502 2010. suscrita por el ciudadano MAXIMO ALEXAN
— a ZA istido por la Ahogada AMARILYS GIL BARRETO. mediante la cuai i
______ ¿ cartel rara sc reec:: a ruhlicación.
de - :- . saserita por el ciudadano ALEXAI
- RLYS GIL BARRETO. mediante cuai eZE
Cr. Mercantil Tránsito: correspondiendoa los Tribunal k
- - de ios asintos contenciosos cuya cuantía no exceda de es mil unidades como de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción
ro e:eneiosa en materia civil, mercantil y de familia, sin que participen niños, niñas y
-ecen:es. seeúr las reglas ordinarias de la competencia por el territorio. En consecuencia, este Tribunal se DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente acción por la MATERIA, POR LA CUANTÍA POR EL TERRITORIO. Y ASI SE DECIDE.
II
CONSIDERACIÓN Y MOTIVACIONES
Cursan en autos:
A) Copia fotostática simple de las Cédulas de Identidad del solicitante y de sus hermanas (folio 02);
B) Copia Certificada del Acta de Defunción N° 01 del causante, expedida por la Directora de la Oficina del
Registro Civil del Municipio Escuque del Estado Trujillo (folio 03);
C) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 2320 del año 1985, expedida por el Registrador Civil del
Municipio Trujillo del Estado Trujillo (folios 04) y correspondiente al ciudadano MAXIMO ALEXANDER;
D) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 19 del año 1980, expedida por la Directora del Registro
Civil del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo (folio 05) y correspondiente a la ciudadana
EGLE DEL VALLE:
E) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1824 del año 1978, expedida por la Directora del Registro
Civil Municipal Valera, Estado Trujillo (folio 06) y correspondiente a la ciudadana BELKIS ANTONIA;
F Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 5.663 del año 1960, expedida por el Prefecto del Municipio
Ccuivacoa folio 07) y correspondiente a la ciudadana EDITH COROMOTO;
Z Zopia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1223 del año 1975, expedida por la Directora del Registro L:eipal Valera, Estado Trujillo (folio 08) y correspondiente a la ciudadana MIREYA COROMOTO; Z: Cerificada del Acta de Nacimiento N° 1609 del año 1970, expedida por la Prefectura de la
\reedes Diaz Municipio Valera Estado Trujillo (folio 09) y correspondiente a la ciudadana
dos 10 al 36 riela expediente original de Solicitud signado con el N° 5.114 formulado por el ____ LXLMO ALEXANDER MATREUS SEGOVIA, motivado a JUSTIFICATIVO DE
ante el Tribunal Primero de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y i-inseripción Judicial del Estado Trujillo.
-- -ea constancia de distribución signado con el N° 2010-3273-TMV. de fecha 21/01/2010
— :;ela auto de fecha 27/01/20 10 mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud ccis 11 900 del Código de Procedimiento Civil se acordó librar Cartel de Citación paia
oc-do que pudiera estar interesado en la presente solicitud y/o Sucesores Descoñoci en el Diario El Tiempo (folio 39).
- diligencia de fecha 0502 2010. suscrita por el ciudadano MAXIMO ALEXAN
— a ZA istido por la Ahogada AMARILYS GIL BARRETO. mediante la cuai i
______ ¿ cartel rara sc reec:: a ruhlicación.
de - :- . saserita por el ciudadano ALEXAI
- RLYS GIL BARRETO. mediante cuai eZE Al foiio 42 arre inserto auto de fecha lO)22OiO. mediante el cual se deja consiancia de la consignación del Diario El Tiempo y ordenándose a agregar únicamente a los autos la pina principal de la prensa y el cartel publicado (folios 43 y 44).
Al folio 45 riela auto de fecha 19/02/2010, mediante el cual se fija oportunidad ddía y hora para oír las ratificaciones de las declaraciones de los ciudadanos VANESA COROMOTO ANGEL y NIEVES MORILLO LUQUE, todo conforme a los artículos 11, 900, 483 y 937 (Gódigo de Procedimiento Civil.
Al folio 46 riela diligencia de fecha 25/01/2010, suscrita por el ciudadano MAXIMO ALEXANDER MATHEUS SEGOVIA, asistido por la Abogada AMARILYS GIL BARRETO, mediante la cual solicita se fije una nueva oportunidad para oír la ratificación de los testigos.
Al folio 47 riela auto de fecha 01/03/2010, mediante el cual se fija oportunidad de día y hora para oír las ratificaciones de las declaraciones de los ciudadanos VANESA COROMOTO VALERA ANGEL y NIEVES MORILLO LUQUE, todo conforme a los artículos 11, 900, 483 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
Al folio 48 riela acta de ratificación de declaración de fecha 04/03/2010, por parte de la ciudadana VANESSA COROMOTO VALERA ANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.095.055.
Al folio 49 riela acta de ratificación de declaración de fecha 04/03/20 10, por parte del ciudadano NIEVES MORILLO LUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.464.768.
Vencido suficientemente como se encuentra el lapso concedido en dicho Cartel sin que alguien concurriere a este Tribunal a oponerse a la presente solicitud o a que formulare solicitud alguna. En consecuencia, se procede a decidir lo siguiente:
De las copias fotostáticas y originales que se desprenden de autos, tales como: A) Copia fotostática simple de las Cédulas de Identidad del solicitante y de sus hermanas (folio 02); B) Copia Certificada del Acta de Defunción N° 01 del causante MAX1MO ANTONIO MATHEUS DELGADO, expedida por la Directora de la Oficina del Registro Civil del Municipio Escuque del Estado Trujillo (folio 03); C) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 2320 del año 1985, expedida por el Registrador Civil del Municipio Trujillo del Estado Trujillo (folios 04) y correspondiente al ciudadano MAXIMO ALEXANDER; D) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 19 del año 1980, expedida por la Directora del Registro Civil del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo (folio 05) y correspondiente a la ciudadana EGLE DEL VALLE; E Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1824 del año 1978, expedida por la Directora del Registro Ci u Municipal Valera, Estado Trujillo (folio 06) y correspondiente a la ciudadana BELKIS ANTONIA; F) Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 5.663 del año 1960, expedida por el Prefecto del Municipió Coquivacoa (folio 07) y correspondiente a la ciudadana EDITH COROMOTO; G) Copia Certificada de Acta de Nacimiento N° 1223 del año 1975, expedida por la Directora del Registro Civil Municipal Vak.. Estado Trujillo (folio 08) y correspondiente a la ciudadana MIREYA COROMOTO; H) Copia Certifi del Acta de Nacimiento N° 1609 del año 1970, expedida por la Prefectura de la Parroquia Mercedes Dz Municipio Valera Estado Trujillo (folio 09) y correspondiente a la ciudadana YULY MAIRA: se eiia que EL CAUSANTE MAXIMO ANTONIO MATHEUS DELGADO, quién era venezolano. maor de ed titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.007.476, fallecido en fecha: 02 de Enero de 2009. era PADRE de
los solicitantes. analizadas todas las pruebas presentadas. por parte de este sentenciador. en aplicación a Reglas de la Sana Crtia. a los principios Constitucionales. atendiendo al orden público, así como zsprincipios de la Ley Adjetiva Civil, especialmente al articulo 12 del Código de Procedimiento Civil, en donde expresa entre otras cosas: “Los Jueces deben atenerse a lo alegado y probado en autos, sin poder sacar elementos de convicción fuera de estos, ni suplir excepciones o argumentos de hechos no alegados ni probados...”, se observa que la solicitante tiene vocación en la Sucesión reclamada, según el Artículo 822 y 825 del Código Civil Venezolano, habida consideración que en el Acta de Defunción no aparecen ascendientes ni descendientes y que no acudieron otros sucesores al emplazamiento. En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, Y ASI SE DECLARA.
III
DISPOSITIVA:
En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes,
este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATÁN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud que se provee y al efecto ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE MAXIMO ANTONIO MATHEUS DELGADO, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.007.476, fallecido en fecha: 02 de Enero de 2009, a sus hijos MAXIMO ALEXANDER MATHEUS SEGOVIA, titular de la Cédula de Identidad N° 17.832.274; EGLE/
DEL VALLE MATHEUS SEGOVIA, titular de la Cédula de Identidad N° 14.719.301; BELKIS ANTONIA
MATHEUS DE OLIVAR, titular de la Cédula de Identidad N° 12.908.431; EDITH COROMOTO.
MATHEUS BENCOMO, titular de la Cédula de Identidad N° 9.003.749; MIREYA COROMOTO MATHEUS SEGOVIA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.618.986 y YULY MAIRA MATHEUS BRICEÑO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.045.125, conforme a lo dispuesto en los artículos 807, 808 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo eventuales Derechos de Terceros. Y ASI SE DECIDE. En consecuencia:
• Regístrese la presente sentencia declarativa y déjese copia certificada.
• Devuélvanse originales con sus recaudos al interesado.
Dado, Sellado, Refrendado y Firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, an Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado
Trujillo, a los DIEZ (10) días del mes de Marzo dos mil diez (2.010). Años 199° de la Independencia y 151° delaF
Abg. Viloria. La 5 ria,
/
Abg. Johana i ño de Núñez
aretaria,
¡ .‘2ç\
Abg. Núñez
En la misma fecha se cumplió lo orçlenado.
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