REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, 17 de marzo de 2.010.
Año 199º y 151º

ACTA
Nº KP12-V-2009-000196

PARTE ACTORA: Lucrecia María Franco Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-16.235.467.

PARTE DEMANDADA: Alberto José Jiménez Gil, titular de la cédula de identidad Nº V-12.882.886.

MOTIVO: Obligación de Manutención.
En el día de despacho de hoy diecisiete de marzo de 2010, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en fase de mediación, en el presente procedimiento, se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia que no comparecieron las partes en juicio ciudadanos Lucrecia María Franco Pérez y Alberto José Jiménez Gil, ya identificados, partes demandante y demandada, oportunidad fijada en fecha 03 de marzo de 2010, estando presente la Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Rosángela M. Sorondo Gil, en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el procedimiento.
La Juez,


ABG. Rosángela M. Sorondo Gil.



La Secretaria,

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 85-2.010 y se publicó siendo las 10:35 a.m.
LA SECRETARIA