REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA


Barquisimeto, 03 de marzo de 2010
Años 199° y 150°


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-005691.

JUEZ (S): Abg. Amelia Jiménez.
SECRETARIA: Abg. Diana Núnez.
IMPUTADO: DARWIN JOSE CRESPO ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° 19.165.922.
FISCALIA Vigésima Segunda del Ministerio Público.
Defensa Pública: Abg. Miguel Piñango.

FUNDAMENTACION DE DECRETO DE SOBRESEIMIENTO Y EXTINCION DE LA CAUSA CONFORME A LOS ARTICULOS 48 Y 318 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL


Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 3, emitir pronunciamiento en virtud de Informe de finalización de Suspensión Condicional del Proceso, remitido por Delegado de Prueba del Probacionario, conforme al artículo 45 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, en los siguientes términos:


PRIMERO: Cursa Informe de Finalización al Folio 77 de este asunto, de fecha 29 de mayo de 2009, bajo el Nº 2256, por parte de la Delegado de prueba Abg. CELIA CAMERO, correspondiente al imputado, DARWIN JOSE CRESPO ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° 19.165.922, a quien se le otorgo medida de suspensión condicional del proceso en fecha 14-04-2008, impartiéndosele orientaciones guiadas hacia su crecimiento personal y en el área de prevención del delito, y demás actividades que le fue impuesta por la Unidad Técnica, lo cual se concluye que DARWIN JOSE CRESPO ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° 19.165.922, mostró Evolución Favorable al Beneficio Otorgado. Este Tribunal, verificado como ha sido el cumplimiento de la suspensión condicional del proceso, declara la EXTINCIÓN de la acción penal y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en virtud del cumplimiento en su totalidad del Régimen impuesto, conforme a los Artículos 48, numeral 7º y 318 numeral 3ero del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA:

En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control Nº 3 Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

1.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en virtud de la EXTINCIÓN de la acción penal, conforme a lo dispuesto en los artículos 48 numeral 7º y 318 numeral 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano: DARWIN JOSE CRESPO ROJAS, titular de la Cedula de Identidad N° 19.165.922.

Se acuerda la notificación de las partes, Delegada de Prueba, imputado.- Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal.

Regístrese.- Publíquese.-Cúmplase.

LA JUEZA DE CONTROL Nº 3
ABG. AMELIA JIMENEZ.

EL SECRETARIO