QUÍBOR, 09 DE FEBRERO DE 2010.
199° Y 150°
SOLICITUD Nº 305/2009


SOLICITANTE: NANCY JOSEFINA MENDOZA TORRES, Venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.468.332, y de Este Domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ELMER SADI ZAMBRANO SALAS, Venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No: 17.770, y de Este Domicilio.



SOLICITUD: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Se, inicia la presente Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitada por la ciudadana: NANCY JOSEFINA MENDOZA TORRES, Venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.468.332, y de Este Domicilio. Asistida por el Abogado: ELMER SADI ZAMBRANO SALAS, Venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No: 17.770, y de Este Domicilio.


Folio 1,: Cursa solicitud de: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, suscrita por la ciudadana: NANCY JOSEFINA MENDOZA TORRES, debidamente asistida por el Abogado: ELMER SADI ZAMBRANO SALAS, plenamente identificados en autos, acompañaron a la misma los recaudos respectivos que cursan a los folios 02, 03, 04, 05,06,07,08,09,10,11,12,13.

Folio 14: En Fecha 15 de DICIEMBRE 2009, se Admite la presente Solicitud, se libro Boleta para la Notificación del Fiscal de Familia, se Libro Edicto, Folios 14,15 y 16.

Folio 17: En Fecha 12-01-2010, Consta Diligencia Suscrita por la Ciudadana: NANCY JOSEFINA MENDOZA, donde retira el Edicto para su publicación.

Folio 18: En Fecha 21-01-2010, Consta Diligencia Suscrita por la Ciudadana: NANCY JOSEFINA MENDOZA, donde Consigna el Edicto Publicado en el Diario “LA PRENSA” en fecha 16-01-2010. Folio 19.

Folio 20: En Fecha, 01-02-2010, Consta Auto mediante el cual se Agrega Boleta de Notificación debidamente firmada, sellada y fechada el día 10-12-2010 por la Fiscal Décima Quinta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Folio 21 y 22.





UNICO
Se inicia la presente solicitud incoada por la Ciudadana NANCY JOSEFINA MENDOZA TORRES, Venezolana, mayor de edad, Soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.468.332, y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio ELMER SADI ZAMBRANO SALAS, Venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No: 17.770, y de Este Domicilio, todos arriba plenamente identificados, solicitó la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura su nombre en la copia certificada de la Partida de nacimiento cursante al folio 02,como “NANCI”, siendo lo correcto “NANCY”. En fecha 15 de Diciembre de 2009, la solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose en la misma fecha notificar al Fiscal del Ministerio Público, y se anexó el edicto al folio 19. Este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de la ciudadana solicitante como “NANCY” ”, y no NANCI, como aparece actualmente.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia San Miguel, Municipio Jiménez del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente a la Partida de Nacimiento N° 41, Folio 20vto, de fecha 11 de Junio de 1958. Por tanto, se ordena insertar la nota marginal en relación a que el nombre de la presentante es “NANCY”, y no NANCI, en su partida de nacimiento. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas. Publíquese y regístrese. Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Quíbor, a los Nueve (09) días del mes de Febrero de dos mil Diez (2010). Años 199º y 150º.
LA JUEZA

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE
La Secretaria

Abg. ANA MARIA AGUILERA PARRA
En la misma fecha se registró y publicó siendo las 10:45 AM.
La Secretaria

Abg. ANA MARIA AGUILERA PARRA