REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, DIECINUEVE (19) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

200° y 151°


Visto el anterior escrito cursante al folio veintinueve (29) del presente expediente, suscrito por el ciudadano: RUBÉN DARÍO HERNÁNDEZ BASTIDAS, parte Demandante en la presente causa; debidamente asistido por la abogado en ejercicio: THAMARA VILORIA CEDEÑO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°. 48.953, por una parte; y por la otra los ciudadanos: CORNELIO GODOY BERRIOS y JOSÉ LUÍS ZAMBRANO PEÑA, partes Demandadas en el presente procedimiento, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio: ROBERTO CASTELLANO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N°. 21.722, mediante la cual celebraron un CONVENIMIENTO en los términos y condiciones que en el referido escrito se establecen.- Este Tribunal, visto el Convenimiento celebrado entre las partes Actora y Demandadas en el presente juicio le imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, e igualmente acuerda mantener el expediente en el archivo de este Tribunal hasta tanto se dé cumplimiento al Convenimiento efectuado entre las partes.-
La Juez Temporal,

Abg. Soraya Soler Cuevas
La Secretaria,

Yonely Fernández Mejía