REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiséis de mayo de dos mil diez
200º y 151º
SENTENCIA
Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2010-000273
PARTE ACTORA: ANTONIO JOSÉ ROJAS BRAVO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JUAN ALFONSO VILORIA
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, en la persona de su representante legal JOSE ANTONIO PUCHE
SINDICO PROCURADORA MUNICIPAL: CARLA PAREDES
MOTIVO: COBRO DE PRSTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 26 de MAYO de 2010, siendo las 11:00 a.m., se presentaron en forma voluntaria por ante este tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, el ciudadano ANTONIO JOSÉ ROJAS BRAVO, titular de la Cédula de Identidad N° 2.682.936,por medio de su apoderado judicial abogado JUAN ALFONSO VILORIA, inscrito en i.p.s.a bajo el no 63.005, PROCURADOR DE TRABAJADORES y la demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, en la persona de su representante legal JOSE ANTONIO PUCHE por medio de la Sindico Procuradora Municipal CARLA PAREDES inscrita en i.p.s.a bajo el no 130.476, Seguidamente solicitaron a este Tribunal una audiencia Preliminar conciliatoria especial por cuanto están dispuestos a llegar a un acuerdo conciliatorio en la presente causa. Visto lo solicitado por las partes la Jueza, Abogada ANA R. GUÉDEZ MONTILLA, fijo de inmediato la audiencia y aperturó el acto, Se le otorgó el derecho de palabra a la parte Demandante ciudadano ANTONIO JOSÉ ROJAS BRAVO, por medio de su apoderado judicial quien expuso:” Ciudadana jueza mi poderdante me dio instrucciones precisas para mediar con la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, en la persona de su representante legal JOSE ANTONIO PUCHE y sobre las siguientes bases: PRIMERO: la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, en la persona de su representante legal JOSE ANTONIO PUCHE, me adeudaba Por concepto de mis prestaciones sociales previo a la verificación de los montos y conceptos y así lo acepto la cantidad de SIETE MIL CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON DOCE CÉNTIMOS (Bs. 7.058,12) de los cuales me adelanto, según recibos que anexo a la presente causa el 50% o sea TRES MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs.3.529,06)SEGUNDO: QUEDANDOME A DEBER 50% O SEA TRES MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs.3.529,06), dicho monto hemos acordado que se me pagara en el primer trimestre del ano 2.011.Solicito se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada, e igualmente solicito se ordene en este acto el archivo definitivo de la causa una vez que conste en autos el pago correspondiente.“ Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra a la parte demandada la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, por medio de la Sindico Procuradora Municipal quien expuso: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por el ciudadano ANTONIO JOSÉ ROJAS BRAVO, por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”. Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA SE ORDENA EL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA una vez que conste en autos el pago correspondiente. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 1:20.Meridiem., terminó, se leyó, y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 200 años de la Independencia y 151 años de la Federación. Regístrese y Publíquese.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,


La parte demandante


La parte demandada

LA SECRETARIA,

ABG. MARIA INES NOVOA